Documento de Viaje
El Documento de Viaje se otorga a los hijos de chilenos nacidos en el exterior, en países donde no han podido obtener la nacionalidad (jus sanguinis) y que aún no han obtenido su pasaporte chileno.
Se solicita sólo en casos excepcionales y es requisito haber iniciado previo la solicitud de pasaporte y cédula de identidad. Para los nacidos en el exterior, el pasaporte demora unos 3 meses aproximadamente (primera filiación).
Este documento se extiende por un año, no prorrogable.
Para realizar este trámite debe cumplir con los siguientes requisitos:
- Ser hijo de padre o madre de nacionalidad chilena, de cualquier edad y haber nacido en el extranjero.
- Presentar documento que acredite que su nacimiento se encuentra inscrito en cualquier oficina consular chilena.
- Dos fotos tamaño pasaporte, color, con fondo blanco donde el rostro (parte superior de la cabeza al mentón) mida 35mm., de frente sin gestos o sonrisas, en estado normal.
Los menores de 18 años que soliciten el Documento de Viaje deberán poseer autorización de ambos padres o tutor.