Trámites para extranjeros

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1. Ingreso a Chile durante emergencia COVID

A partir del 1 de septiembre de 2022, se elimina el requisito de llenado de formulario sanitario de ingreso a Chile, para chilenos y extranjeros (C19).

No es obligatorio contar con un seguro de viaje para entrar a Chile, no obstante, es recomendado.

Respecto a las vacunas, será válido como pase de movilidad en Chile, el certificado de vacunación del país de donde viene la persona, más el documento de identidad nacional.

Turistas no vacunados deberán presentar un PCR negativo con resultado entregado dentro de las 48 horas previas a la salida hacia Chile.

Al ingreso al país, el PCR en el aeropuerto es aleatorio.

Revise con detención a partir del 1 de septiembre: https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1174715

***LAS MEDIDAS SANITARIAS PUEDEN CAMBIAR EN CUALQUIER MOMENTO, DEPENDIENDO DE LA SITUACIÓN DEL COVID EN CHILE***

Si tiene dudas, aconsejamos contactar al Ministerio de Salud de Chile (fono +562 28717800, desde el extranjero) o a https://mevacuno.gob.cl/

Todo lo anterior se refiere exclusivamente a requisitos sanitarios de ingreso por emergencia COVID-19. En ningún caso se refiere a normativa migratoria de ingreso.

2. Residencia en Chile

Los extranjeros pueden solicitar residencia en Chile por medio de la web del servicio de Migraciones de Chile donde dice: Solicitud de Residencia Temporal para Extranjeros fuera de Chile: https://tramites.extranjeria.gob.cl/

Se encuentra también el trámite para residir en Chile como estudiante, lo que antes se conocía como “visa de estudiante”.

IMPORTANTE: Los consulados de Chile no tienen injerencia en los trámites de Migraciones de Chile, por lo tanto, todo lo relativo a solicitudes de residencia es de exclusiva resolución de Migraciones. 

Los consulados no informan de los requisitos ni informan de los estados de los trámites migratorios ingresados a la web de Migraciones. Todas las consultas debe dirigirlas por medio del siguiente formulario de Migraciones: https://www.portaltransparencia.cl/PortalPdT/ingreso-sai-v2?idOrg=undefined 

3. Permanencia transitoria: Ex Visa de turismo

Toda la información se encuentra en esta página web: https://serviciosconsulares.cl/tramites/permiso-de-permanencia-transitoria

Si su solicitud de visa de permanencia transitoria, ya ingresada al sistema SAC, aparece en estado “Resolución Consular”, escriba al email [email protected] 

4. Renovación cédula de identidad para extranjeros

La renovación de la cédula de identidad para extranjeros solamente se efectúa en el Servicio de Registro Civil, en Chile. No se puede renovar fuera de Chile.

Los trámites de renovación de residencia en Chile, también se efectúan sólo en Chile. Revise https://tramites.extranjeria.gob.cl

5. Prórroga de la residencia definitiva para extranjeros (prórroga de permanencia definitiva)

Usted debe remitir al email [email protected] en un sólo email, los siguientes documentos:

  • Foto de la Tarjeta de residente permanente de Chile y prórrogas anteriores (si hubieran).
  • Si no tiene la tarjeta, puede adjuntar el certificado de Permanencia Definitiva que se descarga de la web de Migraciones. 
  • Foto del Pasaporte que contenga el sello (timbre) con la fecha de su última salida de Chile, y la página con sus datos personales. (No importa que esté caducado el pasaporte). 
  • En caso de no tener sellado el pasaporte debe solicitar un certificado de viajes (movimientos migratorios) a la PDI en la web: https://pdichile.cl/tr%C3%A1mites-online/certificado-de-viajes 
  • Foto de la Cédula de identidad chilena para extranjeros por los dos lados (puede estar caducada).
  • Foto de un documento de domicilio (empadronamiento o una cuenta de servicios) que acredite su residencia en esta circunscripción de Madrid.
  • Informar su número de móvil o teléfono.

Una vez verificados estos antecedentes, nos contactaremos con usted para concretar una cita presencial en donde deberá presentar los documentos, físicamente en original, y abonar la tasa de 78 euros aproximadamente, sujeto a variaciones del tipo de cambio (sólo con tarjeta bancaria). 

Sólo se puede hacer el trámite con la tarjeta de Permanencia original, o con el certificado que se descarga de la web de Migraciones, no se aceptan fotocopias.

*** Las Residencias Definitivas pueden prorrogarse desde 60 días antes de cumplir dos años fuera de Chile o desde 60 días antes de que caduque la última prórroga, por lo que usted debe enviar la documentación dentro de los plazos descritos, a fin de no perder la residencia. ***

Nueva ley de Migraciones: https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1158549