Agenda Consular habilitada para citas de cédulas de identidad y pasaporte

Comparte Twitter Facebook
A+ A- Imprimir

Hemos actualizado la Agenda Consular para citas de cédula de identidad y pasaporte. Ahora usted podrá elegir el día y la hora para su cita de renovación. Todas las citas de cédula y pasaporte deberán solicitarse por medio de la agenda consular: https://tramites.minrel.gov.cl/agenda/

Favor ingrese a ese sitio a fin de agendar su cita.

Este trámite está disponible sólo para chilenas y chilenos residentes en la circunscripción del Consulado General de Chile en Madrid. La cita le servirá para renovar la cédula o el pasaporte, o ambos al mismo tiempo, ya que el trámite sirve para renovar uno, o los dos documentos. Para renovar pasaporte, es obligatorio renovar la cédula, en caso de que la cédula esté vencida. En esta cita usted también podrá solicitar la clave única, si lo requiere.

Este trámite sirve también para solicitar primer documento (primera filiación) o para los casos de robo o extravío. En caso de robo o extravío, traiga la denuncia policial correspondiente. Usted debe traer a la cita su empadronamiento, o una cuenta de servicios con su nombre y domicilio. No pierda su viaje: cumpla los requisitos.

La atención se efectúa presencialmente en este Consulado en Madrid. Este trámite no se puede hacer online, usted tendrá que concurrir al Consulado. No es necesario que traiga foto.

Valores aproximados de los documentos de identidad (sujeto a variaciones del tipo de cambio):

  • Pasaporte 32 páginas: 91 euros
  • Pasaporte 64 páginas: 92 euros
  • Cédula de Identidad: 11 euros

El pago se realiza exclusivamente con tarjeta bancaria, en el Consulado. Los documentos se podrán retirar de 8 a 12 semanas posterior a la cita (aproximadamente). Los documentos vienen desde Chile, no se confeccionan en el Consulado.

En caso de menores de 18 años:

Los menores de 18 años deben presentarse con los dos progenitores. En caso contrario, con la autorización notarial APOSTILLADA del progenitor ausente, de fecha reciente, que debe decir que autoriza a que el menor de edad obtenga pasaporte y/o cédula de identidad chilena. También se puede presentar la sentencia judicial CHILENA del cuidado personal del menor de edad, de fecha reciente, o el certificado de nacimiento chileno del menor de edad, donde aparece la información del cuidado personal. Sentencias españolas del cuidado del menor de edad, o sentencias de otros países, aunque estén apostilladas, NO SERÁN ACEPTADAS. Para que la sentencia española o extranjera pueda ser aceptada, deberá ser tramitada en Chile vía exequátur.